Artículo 238. Transmisión de escritos procesales
Artículo 238. Transmisión de escritos procesales
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1. Los escritos procesales contemplados en el artículo anterior se considerarán presentados al remitirse a la Secretaría, a través de e-Curia o de un medio de transmisión electrónica utilizado por el Tribunal General, una copia del original firmado y de las piezas de convicción y documentos invocados en él, junto con la relación de los mismos mencionada en el artículo 205, apartado 2. El original del escrito y los anexos a los que se ha hecho referencia serán remitidos a la Secretaría sin dilación si sus copias han sido comunicadas a través de un medio de transmisión electrónica utilizado por el Tribunal General.
2. Las notificaciones y comunicaciones contempladas en el artículo anterior se efectuarán mediante transmisión de una copia del documento a través de e-Curia o de un medio de transmisión electrónica utilizado por el Tribunal General.
- Artículo modificado (238 (se añade)) por Modificaciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.
(DC de 12-08-2024) en vigor desde 01-09-2024
