Articulo 239 Código civil

Articulo 239 Código civil

Ver Indice
»

Artículo 239

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La emancipación tiene lugar:

1.º Por la mayor edad.

2.º Por concesión de los que ejerzan la patria potestad.

3.º Por concesión judicial.