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Articulo 24 Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación de la Generalitat

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Artículo 24. Reserva en transporte.

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En los vehículos de transporte público, urbano e inter urbano, deberán reservarse para personas con disca pacidad, como mínimo dos asientos y espacio para dos sillas de ruedas adecuadamente señalizados. En los autobuses urbanos e interurbanos estarán situados próximos a la puerta del conductor; en este lugar se colocará un timbre de parada de fácil acceso.