Articulo 24 Administración electrónica y simplificación administrativa
- Norma derogada desde el 30 de abril de 2026. - Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
Artículo 24. Seguridad.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En materia de seguridad de la información será de aplicación lo previsto en la normativa básica de seguridad y en la que se establezca en desarrollo de la anterior teniendo en cuenta los principios básicos y requisitos que permitan una protección adecuada de la misma.
2. Cuando afecte a datos de carácter personal le será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normativa de desarrollo.
3. Se establecerán medidas que garantizarán la integridad, autenticidad, confidencialidad, disponibilidad, trazabilidad, calidad, protección, recuperación y conservación física y lógica de los documentos electrónicos, sus soportes y medios, y se realizarán atendiendo a los riesgos a los que puedan estar expuestos y a los plazos durante los cuales deban conservarse los documentos.
