Articulo 24 Administració...de Navarra

Articulo 24 Administración Local de Navarra

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Artículo 24.

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1. Los municipios de Navarra pueden alterar su capitalidad en base a los siguientes motivos:

a) Desaparición del núcleo de población donde estuviere establecida.

b) Mayor facilidad de comunicaciones.

c) Carácter histórico de la población elegida.

d) Mayor número de habitantes.

e) Importancia económica o beneficios notorios que a los residentes en el termino reporte el cambio.

2. El cambio de capitalidad requiere el acuerdo favorable del Ayuntamiento, previa instrucción del expediente con información pública por periodo no inferior a un mes.