Articulo 24 Admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
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»Artículo 24. Composición de las comisiones de escolarización
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En todas las comisiones de escolarización estarán representados la administración educativa; la administración local; los directores o directoras de los centros públicos; la titularidad de los centros privados concertados; la representación de los padres, madres o tutores legales del alumnado; la representación del profesorado; y la del alumnado, estas últimas en los niveles de enseñanza en los que disponen de participación en el consejo escolar.
