Articulo 24 el que se apr...e Asturias

Articulo 24 el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias

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Artículo 24.

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Concluido el plazo de presentación de solicitudes, dentro de los dos meses siguientes la Autoridad con­vacante dictará resolución comprensiva de:

  1. La aprobación de la lista de admitidos y, en su caso, excluidos.

  2. La designación del Tribunal calificador.

  3. La fecha, hora y lugar de comienzo de la primera prue­ba.

En dicha resolución, que será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y de la Provincia, se expresarán los lugares en que la lista se expone al público, que lo serán en todo caso la Dirección Regional de la Función Pública y la Oficina de Información, Iniciativas y Reclamaciones y en su caso el tipo de defecto por el que se excluye a cada aspirante y el plazo para subsanación de los subsanables, con expresa advertencia de la caducidad de este derecho por el transcurso de tal plazo sin efectuar aquélla.