Artículo 24 se aprueban l...e Gipuzkoa

Artículo 24 se aprueban los Presupuestos Generales para el año 2026 del Territorio Histórico de Gipuzkoa

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Artículo 24. Limitaciones al aumento del capítulo I.

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1. Durante el ejercicio 2026, sólo se podrán aprobar expedientes de ampliación o modificación de la plantilla cuando el incremento del gasto que se derive de los mismos se compense mediante la reducción del crédito con que estén dotados otros puestos.

2. No obstante lo anterior, se podrán aprobar expedientes de ampliación de la plantilla mediante la reducción del crédito de puestos de programas de carácter temporal, dotados presupuestariamente, cuyas actividades hayan devenido estructurales, para la creación de puestos idénticos en la plantilla.

La limitación establecida en el número 1 tampoco será de aplicación en las creaciones o modificaciones de plazas y/o puestos como consecuencia de la asunción de nuevas competencias, la creación de nuevos órganos y servicios, la asunción directa de servicios externalizados, la aplicación de programas de racionalización, o la valoración de los puestos de trabajo, siempre y cuando las diferentes modificaciones cuenten con la financiación correspondiente.

3. Las propuestas de ampliación o modificación de la plantilla presupuestaria requerirán informe favorable previo del Departamento de Gobernanza.