Articulo 24 Aprueban los ...de la CCAA

Articulo 24 Aprueban los Reglamentos que regulan la organización y funcionamiento del Registro de Contratos y del Registro de Licitadores de la CCAA

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Artículo 24. Características del acceso al Registro de Licitadores.

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1. El acceso al Registro se efectuará a través de medios electrónicos y se encontrará alojado en el Portal de Internet de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En caso necesario, podrán habilitarse puntos adicionales de acceso.

2. La acreditación de la identidad de la persona que acceda al Registro deberá efectuarse mediante el uso del certificado electrónico del Documento Nacional de Identidad Electrónico, o de cualquier certificado electrónico de acreditación de la identidad de personas físicas expresamente aceptado para su uso en las relaciones de los interesados con el Registro.