Articulo 24 Comercio de Navarra
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»Artículo 24. Procedimiento de elaboración y aprobación de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal.
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Los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal serán elaborados y aprobados en la forma establecida en el artículo 45 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Modificaciones
- Artículo modificado (24) por LEY FORAL 6/2010, de 6 de abril, de modificacion de diversas leyes forales para su adaptacion a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior.
(NA de 14-04-2010) en vigor desde 15-04-2010
