Articulo 24 Condiciones M...as Mayores

Articulo 24 Condiciones Mínimas de los Centros destinados a las Personas Mayores

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Artículo 24. Condiciones de Acreditación.

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24.1. El Certificado de Acreditación se concederá a los centros destinados a la atención de las personas mayores que cumplan las condiciones y requisitos establecidos para cada uno de los siguientes aspectos:

a) Atención a la persona.

b) Garantía de los derechos de los usuarios.

c) Accesibilidad, seguridad y confort.

d) Organización y funcionamiento.

a) Atención a la persona.

a.1) Los Centros destinados a la atención de las personas mayores deberán contar con un Plan Interdisciplinario de Atención Personalizada, que se elaborará tras el ingreso del usuario en el Centro y en el que se recogerán:

- Las diversas áreas de atención (sociales, funcionales y clínicas).

- Los objetivos que se pretenden alcanzar y las actividades necesarias para conseguirlos.

- Sistemas de evaluación del Plan en relación con cada usuario, que permita introducir las modificaciones necesarias en el mismo.

El Plan Interdisciplinario de Atención Personalizada será elaborado por profesionales con adecuada cualificación. Contendrá los oportunos protocolos de atención y evaluación que permitan unificar los criterios de atención a los usuarios y sistematizar la metodología de trabajo.

Se exigirá la existencia y aplicación, al menos, de los siguientes protocolos:

- Acogida del usuario.

- Alimentación.

- Higiene de residente.

- Emergencias sanitarias.

- Caídas.

- Incontinencia.

- Lesiones por presión.

- Tratamiento farmacológico.

a.2) Se valorarán todos aquellos servicios y prestaciones adicionales no contempladas en las condiciones mínimas exigibles en los Centros, siempre que contribuyan a mejorar la calidad de la atención ofertada a los usuarios.

a.3) Se tendrán en cuenta las relaciones del usuario con la familia y el entorno, garantizándolo mediante el establecimiento de un horario de visitas suficiente y flexible.

a.4) Igualmente dispondrán de un Programa de Animación Sociocultural que recogerá las diversas actividades que se vayan a realizar en el Centro, en función de la situación de los usuarios.

a.5) Existirá un sistema de valoración del grado de satisfacción percibido tanto por el usuario, como por su familia.

b) Garantía de los derechos de los usuarios.

b.1) Para la concesión de la Acreditación se exigirá la adhesión del Centro al Sistema Arbitral de Consumo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b.2) Existirá una póliza de seguros que garantice una cobertura de riesgos superior a la exigida en las condiciones mínimas.

b.3) Deberá disponer de catálogos u otros documentos útiles que contribuyan a dar una información lo más clara y concisa posible de los servicios prestados en el centro, detalle de la facturación, etc.

c) Accesibilidad, seguridad y confort.

En esta dimensión se valorarán los siguientes criterios:

c.1) Ubicación del Centro, adaptación al entorno y diseño arquitectónico del mismo, así como la calidad de los materiales empleados en su construcción.

c.2) Existencia de espacios exteriores y zonas verdes dotadas del equipamiento adecuado para su uso por los usuarios.

c.3) Existencia de dependencias o espacios no contemplados en los requisitos mínimos, que mejoren la calidad de vida de los usuarios.

c.4) Que las dimensiones espaciales de las dependencias superen los mínimos establecidos.

c.5) Dotación de las dependencias del Centro con equipamientos y mobiliario que aumenten el bienestar de los usuarios, faciliten su movilidad e incrementen su autonomía.

c.6) Que se supere el número mínimo de plazas en habitaciones individuales recogido en la presente Orden.

d) Organización y funcionamiento.

Se valorarán los siguientes aspectos:

d.1) Existencia de un proyecto global que contemple los fines y objetivos del centro, así como los principios y valores que inspiran la organización y orientan la línea de trabajo y la atención a los usuarios.

d.2) Que el Centro cuente con una plantilla de personal superior en número y cualificación profesional a los mínimos exigidos, mejorando la prestación de los servicios de atención directa a los usuarios, especialmente los servicios de fisioterapia y terapia ocupacional.

d.3) Existencia de un equipo interdisciplinar con una metodología adecuada que garantice la programación de objetivos y racionalización del trabajo.

d.4) Existencia de un programa de formación continuada adaptado a las necesidades del Centro y dotado de un mecanismo de registro y control permanente de las actividades desarrolladas.

d.5) Existencia de sistemas para evaluar la calidad de los servicios y/o productos suministrados por subcontratistas o proveedores.

24.2. Se considerará mérito preferente para la concesión del Certificado de Acreditación, la implantación de un Sistema de Gestión y Aseguramiento de Calidad, conforme a las normas ISO, demostrada con la certificación expedida por una Entidad legalmente reconocida.