Articulo 24 Condiciones d...s de buceo

Articulo 24 Condiciones de seguridad de las actividades de buceo

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Artículo 24. Técnicas de buceo profesional.

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Las técnicas de buceo profesional permitidas son las siguientes:

a) Autónomo.

b) Suministro de superficie.

c) Campana húmeda.

d) Campana seca a intervención.

e) Saturación.