Articulo 24 Convenios de ...d Autónoma

Articulo 24 Convenios de la Comunidad Autónoma

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Artículo 24.-Principio general.

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La Comunidad Autónoma de Aragón podrá celebrar convenios con corporaciones de derecho público en los términos establecidos en la presente ley, respetando en todo caso lo dispuesto en su normativa general y en la propia de cada corporación.