Articulo 24 Decreto49/201...nCantabria

Articulo 24 Decreto49/2014,de11deseptiembre,porelqueseregulanlassubvencionesalarehabilitacióndeviviendas,alapromocióndealojamientosprotegidos,alaadquisiciónypromocióndeviviendasprotegidasyalaerradicacióndelchabolismoenCantabria.

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Artículo 24. Cuantía

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1. La cuantía de la AADE dependerá de los ingresos familiares del solicitante y, en su caso, de otras circunstancias personales o familiares, correspondiendo en cada caso únicamente la más elevada de las siguientes.

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2. Cuando la vivienda estuviera ubicada en un área territorial clasificada por la Orden VIV/1952/2009, de 2 de julio, por la que se declaran los ámbitos territoriales de precio máximo superior para el año 2009, a los efectos del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, como de precio máximo superior del grupo C, las cuantías de la AADE se incrementarán en 300 €.

3. Cuando las personas adquirentes de viviendas pertenezcan a los colectivos con derecho a protección preferente recogidos en las letras e), f), g), j), cuando se trate, en este caso, de personas con movilidad reducida, y m) del apartado segundo del artículo 1 del Real Decreto 2066/2008, podrán obtener, una Ayuda Autonómica Directa a la Entrada, de un importe de 2.500 euros para el primer acceso a la vivienda en propiedad.

4. Cuando concurran de forma simultánea, varios de los supuestos subvencionables regulados en el apartado anterior, el solicitante sólo tendrá derecho a la percepción de una única ayuda.