Articulo 24 Deporte de Andalucía -Derogada-
- Norma derogada excepto su Título VII, que seguirá vigente hasta tanto no entre en vigor el desarrollo reglamentario del Título IX de la Ley 5/2016, de 19 de julio. - Decreto-ley 2/2017, de 12 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucia.
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»Artículo 24. Inscripción y publicación.
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1. La inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas constituye requisito esencial para la creación de federaciones deportivas andaluzas.
2. La resolución por la que se reconoce a la federación deportiva a los efectos de esta Ley y su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
