Articulo 24 Derecho de Asociación

Articulo 24 Derecho de Asociación

Ver Indice
»

Artículo 24. Derecho de inscripción.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El derecho de asociación incluye el derecho a la inscripción en el Registro de Asociaciones competente, que sólo podrá denegarse cuando no se reúnan los requisitos establecidos en la presente Ley Orgánica.