Articulo 24 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público
Ver Indice
»Artículo 24. Remisión de los acuerdos al Gobierno de Navarra.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las entidades locales deberán remitir al Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra en los 15 días siguientes a su aprobación, las resoluciones motivadas de la aprobación del presupuesto prorrogado y de ajustes al alza realizadas en el mismo por el presidente de la corporación o acuerdos de pleno, en su caso.
