Articulo 24 Espectáculos ... de Aragón

Articulo 24 Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 24. Placa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el acceso a los locales comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y en lugar visible y legible desde el exterior deberá exhibirse una placa normalizada, en la que se harán constar los datos esenciales de la licencia, el horario de apertura y cierre del local, autorización de veladores o terrazas, los niveles de presión sonora en decibelios, así como el aforo máximo permitido, en la forma en que reglamentariamente se determine.