Articulo 24 Estatuto de C...xtremadura

Articulo 24 Estatuto de Consumidores y Usuarios de Extremadura

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Artículo 24.

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De acuerdo con lo establecido en la legislación general del Estado en materia de garantías y responsabilidades, los consumidores y usuarios tendrán derecho a una eficaz protección jurídica, administrativa y técnica, ordenada a la prevención o reparación de los daños y perjuicios que puedan sufrir como consecuencia de la adquisición, uso o disfrute de los bienes y servicios que se ponen a su disposición en el mercado.