Articulo 24 Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES)
- La presente norma pasa a denominarse Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de CASA 47 Entidad Pública Empresarial. Las referencias a SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (en anagrama SEPES) se entenderán efectuadas a CASA 47 Entidad Pública Empresarial. Asimismo, las referencias a los órganos suprimidos por el Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, se entenderán realizadas a los que, por esta última norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias. - Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre.
Artículo 24. Recursos de la Entidad.
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CASA 47 Entidad Pública Empresarial tendrá, para el cumplimiento y ejecución de sus fines, un patrimonio propio, distinto del de la Administración General del Estado, integrado por el conjunto de los bienes, obligaciones y derechos de que sea titular.
Los recursos económicos de CASA 47 Entidad Pública Empresarial, de conformidad con el artículo 107 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, estarán integrados por:
a) Los bienes y valores que constituyan su patrimonio o que la Entidad adquiera en el futuro, por cualquier título, en el curso de su gestión.
b) Los productos y rentas de su gestión patrimonial, así como los productos y rentas derivados de su participación en otras sociedades, y los ingresos que se deriven o sean generados por el ejercicio de sus actividades y la prestación de sus servicios.
c) Las aportaciones o consignaciones específicas que, con destino a CASA 47 Entidad Pública Empresarial, se consignen en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.
d) Las transferencias corrientes o de capital que pudieran realizársele desde la Administración pública o por otras entidades públicas.
e) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que la Entidad perciba como consecuencia del desarrollo de su objeto social.
f) Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades privadas y de particulares.
g) Los recursos financieros procedentes de las operaciones a las que se refiere el artículo 28 del presente Estatuto.
h) Las subvenciones, aportaciones y cualquier otra adquisición a título lucrativo.
i) Cualquier otro recurso que pueda serle atribuido o que pueda integrarse dentro de su patrimonio.
- Modificación realizada (24) por Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre.
(BOE de 11-12-2025) en vigor desde 11-12-2025 - Artículo modificado (24 (segundo párrafo)) por Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre.
(BOE de 06-10-2021) en vigor desde 07-10-2021
