Articulo 24 Garantia del ... electrico

Articulo 24 Garantia del suministro electrico

Ver Indice
»

Artículo 24. Competencia sancionadora.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Son órganos competentes para la imposición de sanciones:

  1. El Consejero que tenga atribuida la competencia en materia de energía, para la imposición de sanciones por la comisión de infracciones leves o graves.

  2. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para la imposición de sanciones por la comisión de infracciones muy graves.

Será competente para la revocación o suspensión de las autorizaciones administrativas cuyo otorgamiento es competencia de la Comunidad de Madrid el Consejo de Gobierno.