Articulo 24 Ley Ciencia, Tecnología e Innovación
Artículo 24. Elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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1. La Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria se elaborará de forma conjunta por las direcciones generales con competencias en materia de ciencia, investigación, tecnología e innovación del Gobierno de Cantabria y la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, y estará sujeta a las disposiciones sobre transparencia y participación ciudadana en la planificación de las políticas públicas.
2. Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de Cantabria, a propuesta del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de Cantabria, será aprobada la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Tras su aprobación, se procederá a su publicación en el portal electrónico del Gobierno de Cantabria, www.cantabria.es, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en materia de transparencia, y estará a disposición de la ciudadanía para su consulta.
3. El Consejo de Política Científica será el responsable de velar por la correcta ejecución de la Estrategia Plurianual conforme a los indicadores cuantitativos y cuantificables previstos en la propia Estrategia Plurianual. A la finalización de su periodo de vigencia, se realizará un informe de evaluación que será publicado en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria.
- Artículo modificado (24 (apdo. 1)) por Ley de Cantabria 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.
(S de 04-04-2025) en vigor desde 05-04-2025
