Articulo 24 Lucha contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante
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»Artículo 24. Régimen jurídico del procedimiento de investigación e inspección.
Vigente
1. El procedimiento de investigación e inspección se desarrollará por el reglamento de régimen interior y funcionamiento, ajustándose a lo dispuesto al respecto en este capítulo.
2. En lo no previsto en esta Ley y en el reglamento de régimen interior y funcionamiento, el procedimiento de investigación e inspección se ajustará a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-07-2021 en vigor desde 02-07-2021