Articulo 24 Medidas 2008 fiscales y financieras
Artículo 24. Modificación de la Ley 4/2004.
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1. Se añade un párrafo a la letra b del artículo 2.1 de la Ley 4/2004, de 1 de julio, reguladora del proceso de adecuación de las actividades con incidencia ambiental a lo que establece la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la administración ambiental, con el siguiente texto:
Las actividades de este último anexo que disponen de una licencia municipal para desarrollar su actividad actual y los equipamientos y las instalaciones públicas ejecutados de acuerdo con un proyecto debidamente aprobado no deben someterse al proceso de adecuación.
2. Se modifica el último inciso de la letra c del artículo 2.1 de la Ley 4/2004, que queda redactado del siguiente modo:
Se fija para el año 2011 el inicio de los controles periódicos de las actividades del anexo II.2 que, de acuerdo con la letra b, no deben someterse al proceso de adecuación. Para las actividades de este anexo que se hayan sometido al proceso de adecuación, el inicio de los controles se fija para el año 2015.
3. Se añade un párrafo a la disposición adicional de la Ley 4/2004, con el siguiente texto:
El programa de adecuación tiene vigencia indefinida y finaliza una vez se han resuelto los expedientes de todas las actividades que deben someterse al proceso de adecuación mediante la presentación de una evaluación ambiental verificada.
