Articulo 24 Memoria Democrática
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Artículo 24. Comunicación al Ministerio Fiscal.

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La Administración General del Estado pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la existencia de indicios de comisión de delitos que se aprecien con ocasión de las localizaciones e identificaciones a que se refiere esta ley.

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  • Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 21-10-2022