Articulo 24 Modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de Castilla y León -Derogado-
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»Artículo 24. Plazo máximo para resolver.
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Las solicitudes de teletrabajo deberán resolverse y notificarse en el plazo máximo de tres meses. La falta de pronunciamiento expreso por parte de la Administración en el plazo mencionado tendrá efectos desestimatorios.
