Articulo 24 Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Modificación de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
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»Artículo 24. Modificación del artículo 35 de la Ley 14/2010
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1. Se modifica el ordinal primero del artículo 35 de la Ley 14/2010, que pasa a tener el siguiente texto:
«1. El horario general de apertura y cierre de los espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos referidos en la presente ley se determinará, con carácter anual, por orden de la conselleria competente de la Generalitat, oída la Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunitat Valenciana.»
2. Se modifica la letra a del ordinal segundo del artículo 35 de la Ley 14/2010, donde se elimina el siguiente texto:
«a) [...] con motivo de fiestas locales y/o patronales.»
