Artículo 24 Orden 76/202...influencia

Artículo 24. Orden 76/2026, de 26 de mayo, Castilla-La Mancha, medidas preventivas, usos del fuego y actividades con riesgo de incendio forestal en el medio natural, terrenos forestales y su zona de influencia

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Artículo 24. Competencia sancionadora.

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La competencia para sancionar en vía administrativa las infracciones a que se refiere la presente orden se determinará conforme a lo dispuesto en la normativa sectorial aplicable y en el decreto que, en cada momento, establezca la estructura orgánica y las competencias de la Consejería competente en materia de incendios forestales.