Articulo 24 Ordenación y uso del suelo -Derogada-
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»Artículo 24. Concepto de suelo urbano
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1. Constituyen el suelo urbano:
a) Los terrenos que el planeamiento urbanístico general incluye de manera expresa en esta clase de suelo porque, habiendo sido legalmente sometidos al proceso de integración en el tejido urbano, cuentan con todos los servicios urbanísticos básicos.
b) Los terrenos que, en ejecución del planeamiento urbanístico, alcanzan el grado de urbanización que este determina.
2. La clasificación como urbanos de los terrenos debe mantenerse al margen de que sean objeto de actuaciones urbanísticas.
Modificaciones
- Artículo modificado (24 (apdo. 1.a)) por Decreto ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística
(PM de 13-01-2016) en vigor desde 14-01-2016
