Articulo 24 Presupuestos 2012 Cataluña
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»Artículo 24. Ámbito de aplicación de las normas sobre gastos de personal
Vigente
Las disposiciones incluidas en el presente título se aplican a todo el personal al servicio de:
a) La Administración de la Generalidad.
b) El Servicio Catalán de la Salud, el Instituto Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.
c) Las entidades autónomas de carácter administrativo.
d) Las entidades autónomas de carácter comercial o financiero.
e) Las entidades de derecho público.
f) Las sociedades mercantiles con participación total o mayoritaria de la Generalidad.
g) Los consorcios con participación mayoritaria de la Generalidad.
h) Las fundaciones con participación total o mayoritaria de la Generalidad.
i) Las universidades públicas.

