Articulo 24 Presupuestos 2019 Asturias
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»Artículo 24. Retribuciones del personal eventual
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1. Las retribuciones del personal eventual que preste sus servicios en la Administración del Principado de Asturias o en los organismos y entidades a los que se refiere el artículo 14 de esta ley, no experimentarán incrementos con respecto a las reconocidas para 2018.
2. El personal eventual percibirá las retribuciones básicas y complementarias fijadas en su nombramiento de acuerdo con las asignadas al personal funcionario del grupo o subgrupo al que resulte asimilado, excluida antigüedad.
