Articulo 24 Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León
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»Artículo 24. Disposiciones generales.
Vigente
1. La cooperación económica de la Comunidad de Castilla y León con las entidades locales comprendidas en su territorio se realizará a través del Plan de Cooperación Local, que figura como anexo de esta ley.
2. Este Plan está constituido por la cooperación económica local general y la cooperación económica local sectorial.

