Articulo 24 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales
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»Artículo 24. Aprobación.
Vigente
1. El Plan PREIFEX será aprobado por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de incendios forestales.
2. El Consejero competente en materia de incendios forestales, mediante Orden, aprobará las actualizaciones del Catálogo de Medios del Plan PREIFEX.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2004 en vigor desde 30-06-2004