Articulo 24 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura
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»Artículo 24. Aprobación.
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1. El Plan PREIFEX será aprobado por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de incendios forestales.
2. El Consejero competente en materia de incendios forestales, mediante Orden, aprobará las actualizaciones del Catálogo de Medios del Plan PREIFEX.
