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Articulo 24 Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP

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Artículo 24.- Asignación de las viviendas.

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1.- Corresponderá a los Agentes Colaboradores la asignación de las viviendas incluidas en el Programa a las personas o unidades convivenciales por estricto orden de recepción de las solicitudes.

2.- Una vez aceptadas las viviendas, se procederá a la formalización de los contratos de arrendamiento, al depósito de las fianzas y a la liquidación de impuestos que correspondan.

3.- Al aceptarse una vivienda, quedan canceladas las solicitudes de acceso a la misma que se hayan formulado con posterioridad.