Articulo 24 Reforma de la...as Locales

Articulo 24 Reforma de la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales

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Artículo vigésimo cuarto. Modificación del artículo 85.

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(DEROGADO)

Se modifica el artículo 85, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 85. La cuota tributaria será la resultante de aplicar las tarifas del impuesto, de acuerdo con los preceptos contenidos en esta Ley y en las disposiciones que la complementen y desarrollen, y los coeficientes y las bonificaciones previstos por la

Ley y, en su caso, acordados por cada Ayuntamiento y regulados en las ordenanzas fiscales respectivas.»