Articulo 24 Registro Único de Parejas Estables
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»Artículo 24. Sujeción a la normativa de datos de carácter personal.
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Los datos personales del Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra serán recogidos, tratados y custodiados conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora de la materia vigente en cada momento.
