Articulo 24 Reglamento de...Hidráulico

Articulo 24 Reglamento del Dominio Público Hidráulico

Ver Indice
»

Artículo 24.

Vigente

Al establecerse la servidumbre forzosa de acueducto se señalará la anchura de los terrenos del predio sirviente que han de ser ocupados por la acequia o conducción y sus zonas de servicio.