Articulo 24 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra
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»Artículo 24. Definición e inscripción.
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1. Son empresas de espectáculos taurinos, a los efectos de este reglamento, todas las personas físicas o jurídicas que organicen los espectáculos taurinos y asuman, frente al público y a la Administración, las responsabilidades derivadas de su celebración.
2. Las empresas de espectáculos públicos deberán inscribirse en el registro correspondiente que mantendrá el Departamento de Presidencia.
