Articulo 24 Reglamento general de carreteras
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Artículo 24. Mapa de carreteras de Galicia

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1. El Mapa de carreteras de Galicia incluirá las carreteras de titularidad autonómica y local, según la representación gráfica de cada una de ellas que se incluya en los catálogos de carreteras de sus respectivas administraciones titulares.

2. La aprobación, modificación y actualización del Mapa de carreteras de Galicia se realizará por orden de la consellería competente en materia de carreteras.

3. El Mapa de carreteras de Galicia se actualizará de forma periódica, al menos cada dos (2) años, y estará a disposición de la ciudadanía en el portal virtual de la Xunta de Galicia, con carácter informativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-06-2016 en vigor desde 08-07-2016