Articulo 24 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de Gipuzkoa -Derogado-
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»Artículo 24. Órganos competentes.
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Corresponderá a la Subdirección de Inspección del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa iniciar, informar, instruir el procedimiento, establecer las relaciones pertinentes con las Administraciones a que se refiere el artículo anterior, y elaborar la propuesta de resolución.
El Director o Directora General de Hacienda resolverá el procedimiento y suscribirá el acuerdo con la otra Administración tributaria.
