Articulo 24 Reglamento de inspección tributaria del THB
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»Artículo 24. Elaboración de los planes de inspección.
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1. Las propuestas de planes de inspección serán elaboradas por el Inspector-Jefe, de acuerdo con las directrices emanadas, en su caso, de los órganos superiores del Departamento de Hacienda y Finanzas, llevarán el visto bueno del órgano competente para dictar los actos administrativos resultantes del procedimiento y serán remitidas a la Subdirección de Coordinación y Asistencia Técnica de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Estructura Orgánica del Departamento de Hacienda y Finanzas.
2. Las propuestas de inclusión de obligados tributarios en los planes de inspección serán tramitadas a través de la Subdirección de Coordinación y Asistencia Técnica, para su elevación al Director General de Hacienda.
