Articulo 24 TR Ley del Suelo

Articulo 24 TR. Ley del Suelo

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Artículo 24.- Definición.

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Los Planes de Ordenación Territorial son instrumentos directores y operativos para la regulación de la política territorial en un ámbito espacial determinado o sector de actividad específica, en desarrollo de las Directrices de Ordenación Territorial, o de forma autónoma.