Articulo 24 Tratamiento de información geográfica
Artículo 24. Infraestructura de Datos Espaciales de Navarra.
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1. IDENA dispondrá de un punto de acceso, con su mismo nombre, dentro del Portal del Gobierno de Navarra en Internet como acceso a los servicios interoperables definidos en el artículo 22 del presente decreto foral.
2. Los servicios de información geográfica tendrán en cuenta los requisitos de los usuarios y serán de fácil uso, a través de Internet o de cualquier otro servicio de telecomunicaciones.
3. Los metadatos y los conjuntos de datos espaciales podrán ser ofrecidos en servicios de descarga a través de IDENA o de otros recursos en Internet especializados.
4. La información publicada en IDENA contribuirá a la oferta de datos libres según los criterios establecidos en la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.
5. IDENA ofrecerá, al menos, los servicios de localización, visualización y descarga.
a) Servicios de localización.
IDENA ofrecerá a través del Catálogo de Datos Espaciales de Navarra los servicios de localización que permitan conocer la existencia y facilitar la búsqueda de los datos y servicios de SITNA, sea cual sea su accesibilidad.
b) Servicios de visualización: La información pública de SITNA se ofrecerá en IDENA mediante servicios estandarizados de visualización que permitan, como mínimo, mostrar, navegar, acercarse o alejarse para concretar o ampliar el campo de visión, moverse o superponer los datos geográficos, así como mostrar los signos convencionales y, opcionalmente, consultar los atributos de los datos geográficos.
c) Servicios de descarga: Los conjuntos de datos espaciales podrán ser ofrecidos en servicios de descarga a través de IDENA o de otros recursos en Internet especializados.
6. Los servicios de descarga ofertarán la información en los formatos más habituales. Los servicios de descarga estandarizados aplicarán las especificaciones que determinen los organismos competentes.
7. IDENA ofertará la posibilidad de descargar tanto ficheros predefinidos (descargas estáticas), como los datos seleccionados por el usuario para un ámbito geográfico determinado (descargas dinámicas).
8. Los servicios de descarga podrán requerir la identificación de quienes los usen a efectos estadísticos.

