Artículo 24 TTRR. del Convenio para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales, Roma; del protocolo adicional al Convenio, París; y del protocolo número 6, Estrasburgo
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»Artículo 24. Secretaría y ponentes.
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1. El Tribunal tendrá una Secretaría cuyas funciones y organización se establecerán en el reglamento del Tribunal.
2. Cuando esté constituido en formación de juez único, el Tribunal estará asistido de ponentes, que actuarán bajo la autoridad del Presidente del Tribunal. Formarán parte de la Secretaría del Tribunal.
Modificaciones
- Artículo modificado (24) por Instrumento de Ratificacion del Protocolo numero 14 al Convenio para la proteccion de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, por el que se modifica el mecanismo de control del Convenio, hecho en Estrasburgo el 13 de mayo de 2004.
(BOE de 28-05-2010) en vigor desde 01-06-2010
