Articulo 240 DLeg. 1/2025 de 20 de marzo, P. Vasco
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»Artículo 240. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de esta tasa la tramitación de las autorizaciones de trabajo, salvo que se trate de autorizaciones para un período inferior a seis meses, así como de sus prórrogas, modificaciones y renovaciones, para las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle o se vaya a desarrollar en el País Vasco.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por Ley 7/2025 de 23 de Dic C.A. P. Vasco (Presupuestos Generales 2026 de la Comunidad Autónoma de Euskadi) (PV de 30-12-2025) en vigor desde 01-01-2026
