Articulo 243 Administración Local de Aragón
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»Artículo 243. Cooperación al desempeño de la funciones públicas necesarias.
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La Comunidad Autónoma cooperará con las Diputaciones Provinciales o, en su caso, con las comarcas, para garantizar el desempeño de las funciones públicas necesarias reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
