Articulo 244 TR. Ley Concursal

Articulo 244 T.R. Ley Concursal

Ver Indice
»

Artículo 244. Pago de los créditos contra la masa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El pago de créditos contra la masa se hará con cargo a los bienes y derechos no afectos al pago de créditos con privilegio especial.