Articulo 244 TR de la ley municipal y de régimen local
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Articulo 244 TR. de la ley municipal y de régimen local

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Artículo 244. Actividad económica y servicio esencial.

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Cuando la actividad económica tiene por objeto prestar un servicio público esencial reservado por ley a los entes locales, la adopción de la iniciativa se rige por el procedimiento establecido por el artículo 243.2, con las particularidades siguientes:

  1. Tienen que formar parte de la comisión de estudio representantes de los usuarios.

  2. Tiene que determinarse la forma de gestión del servicio, dentro de las establecidas por la ley.

  3. La memoria tiene que incluir un proyecto de tarifas del servicio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003