Articulo 246 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña
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»Artículo 246. Creación, organización y supresión de servicios.
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246.1 Los entes locales tienen plena potestad para constituir, organizar, modificar y suprimir los servicios de su competencia, de acuerdo con lo que establece la legislación de régimen local y otras disposiciones aplicables.
246.2 En el supuesto de competencias delegadas o asignadas, son aplicables las normas específicas que regulan esta materia.
